Imprimir esta página

Los requisitos y beneficios de la AFIP para la moratoria a Pymes, monotributistas y autónomos

El plan para pymes del Ministerio de Desarrollo Productivo que rige desde este lunes contempla la condonación parcial de intereses y total de multas, y las empresas que ingresen a la moratoria serán beneficiadas por una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas con la AFIP.

La moratoria Pyme 2020 incluye a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas, obras sociales y clubes de barrio interesados, quienes deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP.

Los principales aspectos son:

  • Plazo de acceso entre el 17 de febrero y el 30 de abril de 2020.
  • Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa del 3% mensual fija por un año y, a partir de ese momento, una tasa variable.
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP, para restarlo de la deuda.
  • Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019, así como planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.
  • Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
  • Es necesario contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, que puede obtenerse hasta el 30 de abril. Solicitar el documento no modifica la situación fiscal de los contribuyentes. La vigencia del certificado es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio.
  • A partir de abril 2020, la renovación en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios. Las únicas que deberán terminar su trámite manualmente serán aquellas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento.
  • Estímulos para promover el ingreso temprano: quienes se adhieran más rápido contarán con mayores beneficios.
  • A diferencia de los planes lanzados en los últimos 20 años, otorga a empresas, entidades y ciudadanos un plazo de tiempo hasta mediados de julio para recuperarse y comenzar a pagar a partir de ese momento.
Valora este artículo
(0 votos)

Artículos relacionados (por etiqueta)