Después de dos años de reuniones, pedidos, consultas y planteos, el Ministerio de Salud de la Nación anunció que las organizaciones cannábicas podrán cultivar -ya legalmente- plantas de marihuana con fines medicinales para sus integrantes.
Justo cuando se cumplen cinco años de la sanción de la ley 27350, que “legalizó” el uso medicinal del cannabis pero que hasta el año pasado no garantizaba el acceso a la sustancia, el Ministerio que conduce Carla Vizzotti aceptó el pedido del Consejo Consultivo del Reprocann (integrado por médicos, activistas, científicos y funcionarios nacionales) y ya autoriza a cultivar a las asociaciones para un máximo de 150 pacientes. Las organizaciones tendrán permitido cultivar en 15 metros cuadrados en diferentes predios al aire libre y hasta 6 metros cuadrados en cultivos de interior (también llamados por su nombre en inglés, indoor), por persona siempre y cuando estén debidamente autorizadas. Dentro de los límites de esa superficie, se podrán tener hasta nueve plantas florecidas por cada usuario.
Los consumidores que integren las ONG, a la vez, deberán inscribirse en el Reprocann y vincularse en la plataforma con el médico que les autorice la indicación y, también, la organización correspondiente, en el rol de cultivadores para terceros.
En definitiva, las reglas para las organizaciones son un espejo de las establecidas para usuarios particulares en una resolución publicada el año pasado. Se trata de la misma superficie permitida de cultivo, idéntica cantidad de plantas y el mismo permiso para transportar cogollos o aceite dentro del territorio argentino: entre uno y seis frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas. La novedad, en este caso es que se incluyó el permiso de movilizarse con plantas, siempre en la cantidad autorizada por persona representada.
Una de las discusiones internas que se dio en el Consejo Consultivo sobre este tema fue, justamente el límite de pacientes por cada organización. Se acordó que sea 150 pero existe una ventana para aquellas agrupaciones que superen ese número (algunas ya lo hacen) de poder gestionar un permiso administrativo de manera particular ante el Programa Nacional para el Estudio e Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, dentro del MinSal.
En otro anexo de la nueva resolución ministerial se actualizan los rangos para los cultivos personales autorizados por Reprocann, la otra gran novedad de la nueva resolución firmada por Vizzotti. La superficie para cultivo exterior hogareño, es decir “a cielo abierto” en terrazas, balcones, patios o jardines, se amplió hasta los 15 metros cuadrados por persona. Y se mantienen los seis metros cuadrados para interior. A la vez que tampoco se modifican las cantidades para transporte y de plantas cultivadas florecidas, referidas párrafos arriba.
El trámite es sencillo. Se hace por la web de Reprocann, es gratis y el usuario debe elegir si se anota como consumidor, como cultivador para su propio uso o para terceros. Pero no será validado si no cuenta con el ingreso del consentimiento del profesional de la salud.