Jueves, 16 Abril 2026

"Optimismo" desde Jujuy por el RIGI, mirando a empresas globales, nacionales y proveedores

Los beneficios no sólo para las empresas adheridas sino también para proveedores, así como las altas expectativas sobre la aplicación definitiva del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones –RIGI- en Jujuy y el país, fueron destacados por los referentes en financiamiento Gonzalo Brest y Federico Fernández Sasso.

La búsqueda de capitales en sectores estratégicos como petróleo y gas, minería, energías renovables, foresto-industria, siderurgia, tecnología, infraestructura y turismo abre un nuevo capítulo. Nación avanza con la aplicación definitiva del RIGI para atraer proyectos que superen los 200 millones de dólares.

Con la reciente publicación de la Resolución 1074/2024, las empresas ya están habilitadas para tramitar sus proyectos a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y podrán obtener una aprobación en un plazo máximo de 45 días. Cabe recordar además que la provincia de Jujuy adhirió al régimen, generando alternativas adicionales a las empresas que decidan invertir en su territorio.

Gonzalo Brest, socio del área de Legales en KPMG Argentina, explicó a Jujuy Económico que se trata de una oportunidad muy importante “no solamente para las empresas que quieran realizar grandes inversiones en Jujuy, sino también para sus proveedores, que podrían verse beneficiados con el RIGI”.

“De los 200 millones de dólares que va a tener que invertir en total esa empresa, o de los 80 millones de dólares que va a tener que invertir en los primeros 2 años, por lo menos el 20% de esa inversión tiene que hacerla, como requisito, con proveedores locales. Es decir que dentro del proyecto, por lo menos en los primeros 2 años, unos 16 millones tienen que invertirse en proveedores locales, y 40 millones en el total de vida del proyecto”, sostuvo el referente privado.

 

“Habrá una oportunidad muy interesante para pequeñas empresas, constructores, empresas de logística y de múltiples rubros que pudieran proveer de bienes y servicios a los proyectos que ingresen en el RIGI”.

 

Ahondando en su explicación, ejemplificó el tema respecto a un proyecto minero que se radique en Jujuy: “empresas que van a ser proveedoras (de bienes y servicios) de esos proyectos, van a encontrar una oportunidad” y las mismas “ayudarán a ese proyecto promovido a cumplir con los beneficios del régimen”, según Brest.

Sobre el “arancel cero” para proveedores, dijo: “si vos le vendés un bien al RIGI, podés importar ese bien con alícuota cero o podés comprar las partes para fabricar ese bien, y la importación de esas partes van a tener también alícuota cero”. Aclaró una vez más que el beneficio surgirá siempre que la empresa proveedora del RIGI esté debidamente inscripta.

 

 

A su turno, Federico Fernández Sasso (del estudio Fernández Sasso y Asociados) quien visitó recientemente la provincia, subrayó que “si bien la coyuntura te muestra una expectativa de mirar y esperar, quien analiza la posibilidad de hacer una gran inversión en la República Argentina advierte las ventajas que eso tiene respecto de inversiones en otros países, que también están buscando inversiones directas”.

Marcó altas expectativas sobre el éxito del plan, en virtud de las múltiples consultas visualizadas sobre el RIGI. “Vamos a recibir muchas inversiones y sobre todo, van a generar muchos desarrollos de inversiones propias de argentinos, de negocios paralelos, digamos, que se alimenten de esas grandes situaciones. Hay mucho optimismo respecto del futuro de Argentina y de esta región”, manifestó.

Entre las ventajas fiscales y arancelarias a las empresas que logren ingresar al RIGI, se destacan exenciones impositivas, estabilidad fiscal por 30 años y la posibilidad de importar mercaderías sin el pago de tributos puntuales -siempre que estén destinadas a un Vehículo de Proyecto Único (VPU) adherido al régimen. No obstante, la Resolución vigente dispone que la responsabilidad solidaria no es aplicable en determinadas circunstancias (como las del artículo 211 de la Ley Bases), y que es posible la suspensión o la baja de una empresa si se detectan incumplimientos al RIGI.

 

Otras reglas

El flamante documento nacional menciona a sucursales dedicadas o especiales, entendidas como sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, o bien una sucursal de una sociedad constituida en el extranjero, que se adhiera al RIGI y cuyo único objeto sea el desarrollo de un “Proyecto Único”.

Asimismo, detalla que las mercaderías que podrán ser importadas por los proveedores adheridos al RIGI serán insumos y bienes intermedios para “transformación o perfeccionamiento industrial”, identificados como Bien de Capital (BK) o Bien de Informática y Telecomunicaciones (BIT). Tales proveedores podrán concretar las provisiones bajo el límite de 360 días, con la posibilidad de prórroga por el mismo periodo.

El Ministerio de Economía será la Autoridad de Aplicación del RIGI, el cual dictaminará sobre la viabilidad de los proyectos que se postulen, siendo respaldado por una “Comisión Evaluadora” (integrada por Jefatura de Gabinete de Ministros, secretarías de Coordinación de Energía, Minería, Producción, Hacienda y Finanzas). La Secretaría de Industria y Comercio realizará la evaluación técnica y económica de los proyectos, mientas que los mismos deberán resolver cualquier disputa emergente entre sus socios o accionistas a través de los mecanismos previstos en la Ley N°27742.

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