Anunciando expositores invitados, la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados de la Nación abordará un proyecto que apunta a imponer penas por hechos de vandalismo rural, entendiendo la “necesidad urgente de reconocer que el campo argentino está siendo afectado por modalidades delictivas que la ley hoy ignora o minimiza, dejando al productor en un estado de absoluta indefensión”.
El encuentro sobre este tema fue previsto este martes 25 en el seno de la comisión encabezada por el pampeano Martín Ardohain (Pro), autor de la iniciativa que ya fue analizada en el seno de la comisión de Legislación Penal.
Desde allí trascendió que el proyecto consta de 3 artículos con modificaciones al Código Penal: el primero propone incorporar el artículo 150 bis, estableciendo una pena de prisión de 1 mes a 1 año al que "entrare en establecimiento rural, terreno o sus dependencias, contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de excluirlo".
Agrega que "se presume la voluntad de exclusión por la sola existencia de cerramientos, vallas, muros, alambrados o señales que indiquen la prohibición de ingreso" y aclara que "no se configurará el delito cuando el ingreso responda a una necesidad justificada, razones de auxilio o cuando la configuración del lugar no permita distinguir claramente el límite con la vía pública".
En segundo lugar, propone el artículo 184 bis, con penas de prisión de 2 a 8 años y multa de 3 a 12 veces "el valor del daño causado” a quien “sin causar una situación de peligro común, destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare" elementos que afecten de manera directa el ciclo productivo, el stock de materias primas o la infraestructura del establecimiento agropecuario, abarcando cereales no cosechados, silobolsas, ganado, leña y otros.
La iniciativa extiende además la observancia delictiva: "en idéntica pena incurrirá quien destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare instalaciones tecnológicas destinadas a la provisión de energía o extracción de agua". Asimismo, establece que "la pena mínima se elevará al doble si el autor o quien hubiere determinado a otro a cometer el hecho fuere funcionario público o se dedicare habitualmente a la actividad agropecuaria".
En tercer lugar, refiere al artículo 209 del Código Penal, que contempla una prisión de 2 a 6 años a quien públicamente instigue la comisión de un delito. Aquí, propone incorporar que la pena se aumente en un tercio “si la instigación se realizare a través de medios de comunicación masiva, redes sociales o plataformas digitales".
Para el diputado Ardohain, el proyecto "no nace de una mera ambición técnica, sino de la necesidad urgente de reconocer que el campo argentino está siendo afectado por modalidades delictivas que la ley hoy ignora o minimiza, dejando al productor en un estado de absoluta indefensión”.
“Estamos ante un escenario donde el daño a un silobolsa o la destrucción de la infraestructura tecnológica estratégica se pretenden juzgar con herramientas del siglo pasado".
Foto: Infocampo