Viernes, 26 Junio 2026

La Legislatura aprobó el régimen procesal juvenil y otras leyes que actualizarán el sistema judicial de la provincia

La Cámara de Diputados aprobó el Régimen Penal Juvenil, con el N de Ley 6357. El mismo deja de lado un decreto ley que estaba en contra de los derechos establecidos por la Constitución.

También se aprobaron la actualización de los Códigos de Procedimientos Civil y Comercial, de Familia, del Trabajo, Ley Procesal Constitucional, así como algunos Ajustes en la Ley Orgánica del Poder Judicial; y las leyes orgánicas de la Auditoría General de la Provincia, y de los Ministerios Públicos de la Acusación y de la Defensa.

El Régimen Penal Juvenil hará que el proceso penal juvenil esté de acuerdo con las normas constitucionales, con los tratados internacionales y respete la ley de protección integral de niños, niñas y adolescentes, explicó la diputada Gisel Bravo.

Además, la diputada Bravo explicó que la nueva ley busca llevar adelante medidas socioeducativas que tiendan a prácticas restaurativas y de reinserción social, evitar la criminalización de las infancias, y sólo en situaciones extremas o excepcionales la privación de la libertad.

La Ley Orgánica de la Auditoría General de la Provincia, la N 6364, cambia el sistema de control de la gobernabilidad de la Hacienda pública, explicó el diputado Guido Luna. Este organismo reemplazará al Tribunal de Cuentas y busca mejorar la calidad de control externo que se hace de la rendición de cuentas de toda la administración pública, agregó Luna.

Por su parte, la Ley N 6363, de Fundamentos que Respaldan la Sanción de la Ley Orgánica del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Jujuy (MPA) adecua la normativa a los nuevos paradigmas que consagran la independencia, autonomía funcional y autarquía financiera del MPA, explicó el diputado Adriano Morone. Regula lo que tiene que ver con la organización, funcionamiento, las funciones que debe cumplir y los principios de actuación que deben guiar el trabajo del MPA, agregó Morone.

La Ley N 6365, Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia (MPD) responde a la necesidad de garantizar acceso a la justicia, que es un derecho fundamental, afirmó la diputada Gabriela Burgos. Cabe recordar que el MPD tiene como función la defensa y protección de derechos humanos, garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, en casos individuales y colectivos, de acuerdo a los principios, funciones y previsiones establecidas en la ley.

Las actualizaciones de los Códigos de Procedimientos Civil y Comercial (Ley N 6358), de Familia (Ley N 6362), del Trabajo (Ley N 6361), Ley Procesal Constitucional (Ley N 6360) y de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N 6359) tienen entre sus fines la agilización de los procesos judiciales y el evitar todo tipo de burocracia existente. 

 

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