La nueva versión del proyecto de ley que se analiza en el Congreso busca universalizar el acceso al régimen simplificado mediante la supresión de límites de ingresos, facilita la compra de inmuebles en efectivo y establece el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite para la regularización de fondos.
El Poder Ejecutivo envió una versión actualizada de la ley de inocencia fiscal, orientada a incentivar la entrada de ahorros no declarados al circuito formal mediante la eliminación de los límites de ingresos y bienes que restringían originalmente el acceso al sistema. La iniciativa busca fortalecer la seguridad jurídica del contribuyente al establecer que la responsabilidad de demostrar inconsistencias fiscales recaerá sobre el organismo recaudador, además de flexibilizar los criterios para operaciones inmobiliarias y otorgar un plazo de 15 días para rectificar declaraciones juradas sin perder los beneficios del régimen.
Uno de los ejes centrales de la reforma es la desaparición de los topes de ingresos anuales ($1.000millones) y de patrimonio ($10.000 millones) previstos en el texto inicial. Esta modificación permite que el esquema sea accesible para casi todas las personas humanas que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales, quienes también podrán adherir aunque con beneficios restringidos. Según explicó César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados al diario La Nación: “Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio para incorporarse al régimen, con lo cual mucha más cantidad de contribuyentes, independientemente de su patrimonio y de sus ingresos anuales, pueden incorporarse al régimen simplificado de impuesto a las ganancias”.
En la misma línea, el experto remarcó que el nuevo texto “fortalece el blindaje fiscal y va a permitir incorporar muchos más contribuyentes”, convirtiéndose en una herramienta más sólida que la proyectada originalmente.
Facilidades para el sector inmobiliario y bancarización
El proyecto aclara que el uso de dinero en efectivo para operaciones de compraventa de inmuebles será plenamente compatible con el régimen, siempre que conste en escrituras públicas. Esta medida resuelve las dudas sobre la bancarización obligatoria en transacciones que tradicionalmente se realizan en moneda física. Al respecto, Litvin señaló que “las operaciones inmobiliarias pueden no ser bancarizadas. Los pagos en efectivo efectuados en escrituras públicas son compatibles con la exigencia del régimen”.
Asimismo, la obligación de canalizar fondos por medios autorizados del BCRA o la CNV adquiere rango de ley. Para evitar efectos retroactivos en el Impuesto a los Bienes Personales, se establece que los fondos se consideran incorporados al patrimonio el mismo día de la operación, evitando la confesión de un patrimonio oculto en períodos fiscales previos.
La reforma introduce un cambio en la relación entre el fisco y el contribuyente al invertir la carga de la prueba en caso de discrepancias. A partir de ahora, ARCA deberá demostrar la existencia de irregularidades, restringiéndose además el uso de presunciones sobre depósitos bancarios para impugnar declaraciones. “La carga de la prueba pasa claramente a ARCA. Eso fortalece significativamente la seguridad jurídica del contribuyente y reduce la discrecionalidad del organismo fiscal”, afirmó Litvin.
En cuanto a la "discrepancia significativa", se mantiene el umbral del 15%, pero se incorpora un piso mínimo de aproximadamente $5 millones (equivalente al 5% del monto previsto en el Régimen Penal Tributario) para habilitar revisiones hacia atrás. Además, se suma un mecanismo correctivo: “Antes, una discrepancia significativa podía hacer caer todos los beneficios. Ahora, si el contribuyente rectifica y paga, mantiene la protección prevista por la ley”, puntualizó el especialista.
Plazos, controles de lavado y residencia
A diferencia de un blanqueo permanente, el proyecto fija una ventana temporal que caduca el 31 de diciembre de 2027. Como requisito de permanencia, los beneficiarios deberán mantener la residencia fiscal argentina durante todo el período en que utilicen el régimen simplificado.
Finalmente, la adhesión al sistema será considerada un antecedente favorable ante bancos, escribanos y la Unidad de Información Financiera (UIF) en los procesos de monitoreo de clientes. Según Litvin, el resultado es un esquema donde “la adhesión al régimen adquiere efectos favorables frente a la UIF, bancos, escribanos y demás sujetos obligados”, facilitando el uso de los fondos regularizados dentro del sistema financiero formal.