Jueves, 09 Julio 2026

Economía social: se suspenden por 180 días los cortes de servicio eléctrico por falta de pago

La suspensión por 180 días los cortes del servicio de energía por falta de pago se aplica a monotributistas categorías A y B, MiPyMEs, beneficiarios de la Tarifa Social y electrodependientes, siguiendo el decreto nacional 311/20 y el decreto provincial 746/20.

A diferencia de los que son de beneficio automático, quienes referencian a un monotributo y mipymes deben informar afectación comercial, lo cual se encuentra reglamentado a través de la Resolución 041/20 de la SuSePu.

“Hay un requisito, que es dar a conocer la actividad que desarrollan y la afectación comercial por la emergencia; también es importante reiterar que el requisito para todos los usuarios a lo que puede comprender la medida es que no acumulen más de tres facturas impagas”, dijo Mario Pizarro, secretario de Energía,

En el marco de la pandemia, instó a la ciudadanía que puede realizar los pagos, a hacerlo.

“La medida no significa la eliminación de la obligación de pago, y para quienes no tengan otra alternativa habrá sistemas para facilitar el pago pasado el plazo, por lo que sugerimos y llamamos a los usuarios a cumplir en lo posible con sus obligaciones para asegurar el sistema y calidad de servicio a otros usuarios con dificultades más profundas, además de evita acumular deudas”.

Los usuarios monotributistas categorías A y B y las MiPyMEs que consideran que están abarcadas por la medida deben consultar las vías de comunicación de EJE SA: ejesa.com.ar, generar solicitud (en https://ejesa.widergy.com/new_form?form_id=184 ), consultar con el Asistente Virtual VOLT en la página de internet de la empresa o comunicarse con su Centro de Contactos al 0800-888-0077.

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