Sábado, 31 Octubre 2026

Impulsando "el crecimiento del transporte turístico" se destacaron alcances de la Ley N°6478

La norma recientemente aprobada por la Legislatura de Jujuy modifica la Ley N°6059 “De Superación Progresiva del Estado de Emergencia del Transporte y Regularización del Transporte Alternativo por Automotor”.  Sus promotores aseguraron que así las agencias de viajes y prestadores turísticos podrán ampliar su flota de vehículos, contar con más de una unidad habilitada y desarrollar su actividad en condiciones de mayor competitividad, acorde a la demanda creciente del sector.

La nueva norma deroga los incisos B y C del artículo 7 de la antigua ley, eliminando diversas restricciones, tales como:

  • La inscripción de nuevas Empresas de Transporte Alternativo, Viajes Especiales, Contratados y/o de Turismo, salvo que se trate de Empresas de Viajes y Turismo y de Agencias de Turismo que se encuentren inscriptas y debidamente habilitadas por los Ministerios de Transporte y Turismo de la Nación y que tengan domicilio legal en la Provincia de Jujuy.
  • La inscripción de nuevas unidades vehiculares por las Empresas de Servicios de Transporte Alternativo, Viajes Especiales Contratados y/o de Turismo, salvo que se trate de unidades que reemplacen a las existentes ya autorizadas en el parque automotor habilitado de las mismas, y que se adquieran para renovar los vehículos por modelos más recientes o cero (0) Kilómetro.

El Ministro de Cultura y Turismo de la provincia, Federico Posadas, destacó los alcances de esta medida. "Esta ley y su derogación son muy importantes para el crecimiento del transporte turístico en la provincia de Jujuy. A partir de ahora ya no habrá impedimentos para que las agencias de turismo tengan más de una combi: podrán crecer, invertir y competir en función de la lógica del mercado", dijo.

"En un contexto de expansión de la actividad, las empresas podrán sumar más unidades y ampliar su servicio de transporte turístico. Esta modificación elimina una traba histórica que limitaba el desarrollo de la oferta turística en Jujuy, y permitirá que las inversiones del sistema de transporte turístico puedan crecer libremente, en un marco de equilibrio entre oferta y demanda”, prosiguió el funcionario.

La derogación de estos incisos representa un paso clave para impulsar la competitividad, promover la inversión privada y acompañar el crecimiento sostenido del turismo en la provincia, fortaleciendo el vínculo entre el sector público y privado para consolidar una oferta más diversa y de calidad, según concluyó un informe de esa cartera.

Cabe mencionar que Ley N° 6478 fue sancionada el pasado 6 de noviembre de 2025 en la Legislatura Provincial.

 

 

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